El fallo fue posible gracias a una sentencia previa, en la que se declaró inconstitucional la criminalización de la interrupción voluntaria del embarazo.
Con cuatro votos a favor y uno en contra, la Suprema Corte de Justicia de México (SCJN) despenalizó este miércoles la interrupción voluntaria del embarazo en el estado de Aguascalientes, al considerar que su tipificación como delito en el Código Penal de la entidad es inconstitucional.
La sentencia estuvo motivada por un amparo presentado por varias organizaciones civiles que promueven los derechos reproductivos, y contempla la prohibición explícita de criminalizar por abortos a las mujeres, a las personas con capacidad de gestar o al personal de salud que las acompañe en el proceso de interrupción voluntaria del embarazo.
Establece asimismo que el Estado debe garantizar el ejercicio del derecho a interrumpir una gestación –por voluntad o motivos médicos– hasta la semana 12, así como la obligación de prestar el servicio de aborto. Por su parte, el Congreso de Aguascalientes deberá derogar los artículos del Código Civil declarados inconstitucionales, antes de que concluya el período ordinario de sesiones.
Aguascalientes será así la duodécima entidad de los Estados Unidos Mexicanos en aprobar el derecho al aborto. Le antecedieron la Ciudad de México, Oaxaca, Cohauila, Hidalgo, Veracruz, Baja California, Colima, Sinaloa, Guerrero, Baja California Sur y Quintana Roo.
Fue el caso de Cohauila el que motivó el pronunciamiento de la máxima autoridad judicial mexicana, al establecer la jurisprudencia para que grupos defensores de los derechos de las mujeres y personas gestantes pudieran invocar la inconstitucionalidad de las leyes locales mediante recursos de amparo ante la SCN, para obtener sentencias garantistas del derecho al aborto seguro.
La mayor parte de estas despenalizaciones se produjeron entre 2021 y 2022, a propósito de un fallo histórico de la SCJN que declaró inconstitucional la criminalización de la interrupción voluntaria del embarazo, lo que en la mayoría de los casos obligó a las autoridades regionales a adecuar sus legislaciones para no contravenir el dictamen federal.